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Sobre la Institución
Funciones

Según la Ley General Educación 66-97.

 

Art. 74.- Los sectores funcionales están constituidos de la manera siguiente:

a) El Órgano de Decisión Superior, lo constituye el Consejo Nacional de Educación;

b) El Órgano de Conducción Superior, lo constituye el Secretario(a) de Estado de Educación y Cultura y, por delegación, los Sub-Secretarios;

c) El Órgano de Planificación, está constituido por los servicios de Planificación y Desarrollo Educativo;

d) El Órgano de Asesoramiento Técnico, está conformado por una de las Subsecretarías y los servicios técnicos pedagógicos;

e) Los Órganos de Ejecución, están conformados esencialmente por los Organismos Regionales, los Organismos Distritales y los Centros Educativos;

f) El Órgano de Supervisión y Control, está conformado por los servicios de Supervisión y Evaluación;

g) El Órgano de Apoyo Administrativo, está conformado por una de las Subsecretarías;

h) Los Órganos de Descentralización, están conformados por los Institutos Descentralizados, por las Juntas Regionales, por las Juntas Distritales y las Juntas de Centros Educativos;

i) Los Órganos de Coordinación con la Comunidad, están conformados por las asociaciones de padres, madres, tutores y amigos de la escuela, por las fundaciones y patronatos vigentes y por otras instituciones representativas de la comunidad.

Art. 75.- La definición de la naturaleza de esos órganos, sus funciones, sus esferas de competencia y su estructura de desarrollo organizativo serán aprobados en los reglamentos que al respecto dictará el Consejo Nacional de Educación, salvo los que expresamente se señalen en esta Ley.